INFORMACIÓN TÉCNICA
Extracto de "Productores de Hortalizas" edición de noviembre de 2003, página 65.

Bajo la Ley de Bioterrorismo, la forma más práctica para registrarse es por vía electrónica, llenando el formulario directamente en el sitio Web, www.cfsan.fda.gov/~furls/ovffreg.html -está disponible para registros 24 horas al día, 7 días a la semana. La información que se requiere para registrarse incluye su nombre, dirección, número de teléfono, número de fax y correo electrónico de la instalación; el nombre y dirección de la casa matriz; si la instalación es una subsidiaria, información para contactar a un representante de la empresa por cualquier emergencia; etc.

En adición a la ley de bioterrorismo bajo la FDA, existe aún otra provisión para un futuro cercano que estaría bajo el departamento de CBP (Customs and Border Protection) de EE.UU. Aunque todavía no tiene una ley definitiva, la CBP (www.cbp.gov) propone que las empresas que exportan cualquier carga, incluso las semillas, hacia EE.UU. tienen que registrarse electrónicamente antes de realizar cada exportación.

Cabe mencionar que las dos leyes -la de bioterrorismo que está en marcha y la de CBP que falta por definir e implementar- tendrán similitudes y repeticiones que el gobierno estadounidense tendrá que analizar.

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